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El asesoramiento en el marco de actuaciones inspectoras y de comprobaciones limitadas en cualquiera de los impuestos resulta de vital importancia.

  • En relación con las actuaciones inspectoras, la experiencia nos demuestra que son muchos los contribuyentes no saben cómo afrontarlas, y en ocasiones cometen el atrevimiento de acudir a las citaciones sin tener claro y verificar el alcance del procedimiento al que se enfrenta.Existen muchos motivos por los que un contribuyente puede quedar sometido a unas actuaciones inspectoras. En ocasiones la Agencia Tributaria se limita a analizar el cumplimiento de algunos aspectos de sus obligaciones tributarias, y en otras ocasiones tienen un alcance general: deducibilidad de los gastos, adecuado tratamiento fiscal a las operaciones, cumplimiento de los requisitos formales, comprobación de las deducciones y bonificaciones aplicadas, etc.La primera recomendación ante la recepción de una notificación comunicando el inicio de una inspección es consultar a un experto tributario el significado y trascendencia de aquélla, con el fin de analizar la situación de partida del contribuyente y realizar un planteamiento adecuado de los pasos a seguir, buscando la mejor defensa de sus intereses.
  • Por otra parte, en relación con los procedimientos de comprobación limitada, y aun cuando desde el punto de vista práctico el procedimiento es más ágil y no requiere necesariamente la presencia física ante los órganos administrativos, su importancia cuantitativa puede llegar a ser la misma que la de una Inspección.Aunque este procedimiento se puede iniciar por cualquier Administración tributaria, la realidad nos demuestra su especial incidencia en el ámbito de los impuestos de carácter autonómico (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), ya que cada vez resulta más frecuente que la Agencia Tributaria competente revise el valor declarado de los bienes que son objeto transmisión, ya sea través de una compraventa, una donación, una sucesión hereditaria o, en definitiva, cualquier otro tipo de operación en la que se produce la transmisión de la propiedad, con la finalidad de aumentarlos y, con ello, incrementar la base sobre la que se determina la cuota del impuesto a pagar, dictando de esta manera una liquidación tributaria al contribuyente por la diferencia entre los que inicialmente satisfizo (en función del valor que declaró) y lo que, a su juicio, correspondería (en función del valor comprobado).Ahora bien, el contribuyente tiene herramientas para rebatir estas comprobaciones de valor, ya sea cuestionando la aplicación práctica del método utilizado por la Agencia Tributaria, o a través de la utilización de las denominadas tasaciones periciales contradictorias.

    La experiencia nos ha demostrado que muchas de estas comprobaciones de valor son anuladas por nuestros Tribunales. Además, en muchos casos no hará falta pagar la deuda tributaria mientras el contribuyente recurre.

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